Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence)
El Sence es un organismo técnico descentralizado del Estado, que se relaciona con el gobierno a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Sus principales objetivos son aumentar la competitividad de las empresas y la empleabilidad de las personas, por medio de la aplicación de políticas públicas e instrumentos para el mercado de la capacitación e intermediación laboral, ligados a un proceso de formación permanente.
El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo es la institución encargada por Ley de administrar el Sistema Nacional de Capacitación y específicamente el programa de Franquicia Tributaria. Es un organismo técnico del Estado, funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica de derecho público, que se relaciona con el Gobierno, a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Las responsabilidades del SENCE, en general, pueden ser separadas en tres grandes funciones: La gestión del FONCAP; la administración de la Franquicia Tributaria; y la regulación del sistema.
Le competen las siguientes funciones:
Supervigilar el funcionamiento del Sistema y difundir la información pública relevante para que los agentes públicos y privados actúen correcta y eficientemente en el mismo.
Autorizar e inscribir en el registro pertinente, a los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC).
Estimular las acciones y programas de capacitación que desarrollen las empresas, a través de la aplicación del incentivo tributario.
Visar todas las comunicaciones y liquidaciones de acciones de capacitación que presenten las empresas, paso ineludible para que éstas puedan imputar a franquicia los costos de esas acciones.
Fomentar la calidad de los servicios que prestan las instituciones intermedias y ejecutoras de capacitación. Determinación del «valor hora Sence».
Producto del proceso de elaboración de la Ley de Presupuesto anual el SENCE determina el techo hasta el cual será reconocida la franquicia tributaria. Actualmente está definido en $ 5.000 por hora.
El valor hora SENCE produce dos efectos claramente separables e importantes:
a) El efecto sobre los precios del mercado: se observa que los proveedores ajustan sus precios tomando el valor hora SENCE como un referente. En la práctica lo que ocurre es que hay sectores cuya demanda subsiste principalmente debido a la franquicia tributaria. Dicho de otra manera, los proveedores e intermediadores tratan de vender servicios que no le signifiquen un desembolso neto a las empresas; esto lo aseguran vendiendo cursos cuyo valor hora es igual o menor al valor hora fijado por el SENCE.
b) El impacto sobre la recaudación tributaria: la recaudación tributaria variará, en relación a si los eventuales gastos en capacitación según se suba o se baje el precio que el SENCE fije.
El único responsable de fijar el valor hora es actualmente el SENCE. Nótese que, si bien el valor fijado altera la recaudación tributaria, el Servicio de Impuestos Internos no participa en este proceso.
Actualmente, no existe una metodología, al menos explícita, para determinar cuál debe ser el «Valor Hora SENCE». En todo caso, en los últimos años se ha utilizado reglas sencillas del tipo reajustabilidad según el IPC incorporando un factor de ajuste. Este factor de ajuste es arbitrario, no correspondiendo al resultado de la aplicación de una metodología específica.
Las Empresas
Las empresas que deseen realizar actividades de capacitación en el marco de la Franquicia Tributaria, deben cumplir los siguientes requisitos:
• Ser contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
• Haber efectuado la Declaración de Rentas del Año Tributario respectivo.
• Tener a lo menos a un trabajador con imposiciones.
Pueden acceder a esta franquicia, las empresas que cumplan con los requisitos señalados precedentemente, no importando si el año tributario resultó con ganancias, pérdidas o la empresa esté afecta a renta presunta o goza de un régimen especial de exención de pago de impuestos de la Primera Categoría de la Ley de Rentas.
Pueden acceder a esta franquicia, las empresas que cumplan con los requisitos señalados precedentemente, no importando si el año tributario resultó con ganancias, pérdidas o la empresa esté afecta a renta presunta o goza de un régimen especial de exención de pago de impuestos de la Primera Categoría de la Ley de Rentas.
Para mayor información visitar Sence Empresa http://www.sence.cl/601/w3-multipropertyvalues-509-542.html?_noredirect=1